PIDEN DESTITUCIÓN DE MAGISTRADO ANTONIO ESCOBEDO MEDINA
Tras hallársele un “evidente desbalance patrimonial”, el juez de Trujillo Antonio Eduardo Ecobedo Medina ahora se encuentra, literalmente, al borde de la destitución.
Ello, luego que la Oficina de Control de la Magistratura (Ocma) propusiera al Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) imponerle la sanción de echarlo de la institución.
SUSPENDIDO. Cabe mencionar que Escobedo Medina actualmente se halla suspendido preventivamente en sus funciones como juez del Cuarto Juzgado Especializado en lo Civil deTrujillo , además de todo cargo en el Poder Judicial mientras duren las investigaciones y se resuelva, en definitiva, su situación jurídica ante el CNM.
EL CASO. Al juez Antonio Medina Escobedo se le inició el proceso por el caso de la compra de un inmueble ubicado en la calle Los Cocoteros N° 152, ubicadon en la zona residencial El Golf,Trujillo.
Según consta en el documento -redactado por la jueza Suprema Ana María Aranda Rodríguez- al magistrado se le halló dicho “presunto desbalance patrimonial ascendente a 35 mil dólares americanos, suma que desembolsó en efectivo (por dicha casa), significando un supuesto incremento patrimonial no congruente con sus ingresos percibidos; signo exterior de riqueza no justificado, con el que se encontraría incurso en falta muy grave”, reza a la letra en dicho documento.
“NO CUMPLIÓ”. Con relación a los argumentos de defensa del investigado, en el considerando segundo, se especifica que “el magistrado no cumplió con absolver dicho trámite, por lo que mediante resolución N° 33 (...) fue declarado rebelde”.
Líneas después, se señala que Escobedo Medina “adquirió en el año 2015, mediante crédito hipotecario, al pazo de 15 años, que mensualmente viene pagando; y si bien el precio de compra venta figura como 70 mil dólares americanos conforme a la escritura pública del 15 de diciembre de 2005, de los cuales el banco financió 35 mil dólares, pero declara bajo juramento que en realidad el precio de compra venta fue la suma de 53 mil dólares”.
En consecuencia, la Ocma precisa en otros de sus considerandos que se “evidencia un desbalance patrimonial”, “significando un supuesto incremento patrimonial no congruente con sus ingresos percibidos, signo exterior de riqueza no justificado”. (Diario Correo- Trujillo ).
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