JURADO ELECTORAL ESPECIAL DE TRUJILLO INFORMA SOBRE ESTADO DE SOLICITUDES DE INSCRIPCIÓN PARA EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA


El órgano electoral luego de evaluar cada una de las solicitudes presentadas de acuerdo a lo establecido en el Reglamento de Inscripción de Fórmulas y Listas de Candidatos para las Elecciones Generales y de Representantes ante el Parlamento Andino, aprobado con Resolución N° 305-2015-JNE informa a la ciudadanía:

Un total de 16 listas de candidatos congresales se presentaron hasta el 10 de febrero ante el Jurado Electoral Especial de Trujillo a fin de participar en el Proceso de Elecciones Generales 2016, que tendrá lugar el 10 de abril próximo, de las cuales:

Se encuentran INSCRITAS: Acción Popular, Alianza para el Progreso del Perú, Alianza Popular, Democracia Directa, Fuerza Popular, Partido Humanista Peruano, Partido Político Orden y Peruanos por el Kambio.

Se encuentra en trámite la lista del Partido Nacionalista Peruano, pendiente de publicación en el diario.

Respecto de la Alianza Electoral Solidaridad Nacional – UPP fue INSCRITA con relación a 6 candidatos y declarada IMPROCEDENTE. Respecto del candidato Miguel Angel Guevara Santos, se encuentra en apelación y el Jurado Nacional de Elecciones ha programado audiencia pública para el viernes 26 de febrero a las 9 a.m. en la ciudad de Lima.

Las listas que fueron declaradas IMPROCEDENTES y se encuentran en apelación son: 

El Frente Amplio por Justicia, Vida y Libertad; Frente Esperanza; Perú Posible y Todos por el Perú.

Respecto de Perú Patria Segura y Perú Nación fueron declarados IMPROCEDENTES y al no presentarse apelación, se declararon consentidas, este último se tramitó como petitorio.

Con fecha 13 de febrero de 2016, el ciudadano Manuel Benjamin Ruiz Briones presentó un reclamo señalando que su solicitud de inscripción de lista -tramitada por conducto notarial- no fue recibida por mesa de partes del JEE, para lo cual acompañó copias simples de su DNI y certificación notarial. Luego de las verificaciones, se determinó que el referido ciudadano carecía de legitimidad para interponer dicho pedido pues no se encuentra acreditado como personero ante este órgano electoral. Asimismo, su petitorio ha sido declarado INFUNDADO. Luego de concluir el periodo de impugnación correspondiente, se remitirán los actuados al Ministerio Público y al Colegio de Notarios del Perú pues se ha detectado en su tramitación la presunta comisión del delito de falsedad material agravada.

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