LA CONSTITUCIÓN EN AIMARA

Por Alberto Alarcón
En mi época de docente, solía comparar la Constitución Política del Perú con las novelas de Ray Bradbury, teniendo en cuenta que ambas son obras de ficción. Hacía, sin embargo, la salvedad de que los bellos textos de Bradbury son verosímiles mientras que los de la Constitución resultan áridos e irreales.
En mi época de docente, solía comparar la Constitución Política del Perú con las novelas de Ray Bradbury, teniendo en cuenta que ambas son obras de ficción. Hacía, sin embargo, la salvedad de que los bellos textos de Bradbury son verosímiles mientras que los de la Constitución resultan áridos e irreales.
Sólo leer los 24 ítems del artículo 2 del Capítulo I de la Constitución es ingresar al mundo de la fantasía y el disparate puro: ninguno de ellos se cumple; y si se cumple es para convertirlo en delito punible o para justificar las tropelías de los llamados “políticos de oficio” y “jueces independientes”. Eso, por ejemplo, de que todos somos “iguales ante la ley y que nadie debe ser discriminado por motivo de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición económica o de cualquier otra índole” — visto en la realidad— más parece un cuento de la picaresca española o un aforismo de Ambrose Bierce.
Ahora me entero de que el Ministerio de Justicia del Perú acaba de presentar la primera edición oficial de la írrita Constitución Política de 1993 traducida al aimara, y que próximamente se publicará en lengua Asháninka. Existe también una versión en quechua, publicada por el Fondo Editorial del Congreso, que preside la fujimorista Martha Hildebrandt Treviño. Estas publicaciones, adornadas siempre con la florcita de lo “culturoso” y el bulo de la “inclusión social”, tienen como principal objetivo presentar a nuestros gobernantes como muy democráticos y preocupados por divulgar entre el pueblo las “leyes fundamentales QUE RIGEN en el país”.
Ahora me entero de que el Ministerio de Justicia del Perú acaba de presentar la primera edición oficial de la írrita Constitución Política de 1993 traducida al aimara, y que próximamente se publicará en lengua Asháninka. Existe también una versión en quechua, publicada por el Fondo Editorial del Congreso, que preside la fujimorista Martha Hildebrandt Treviño. Estas publicaciones, adornadas siempre con la florcita de lo “culturoso” y el bulo de la “inclusión social”, tienen como principal objetivo presentar a nuestros gobernantes como muy democráticos y preocupados por divulgar entre el pueblo las “leyes fundamentales QUE RIGEN en el país”.
¿En qué beneficia a la comunidad aimara la publicación de esta constitución cuando a diario observamos que nada de ella se cumple y que los poderosos la manipulan como les viene en gana? Recuerdo una anécdota ocurrida justamente en Puno, en tiempos del terrorismo: cierta noche, un sinchi derribó a patadas la puerta de una familia campesina: el esposo, asustado, salió a defenderse gritando: “¡Por favor, más respeto a la ley!”, a lo que el sinchi le respondió furioso: “¡calla, indio de m…, aquí las leyes se respetan sólo los domingos y hasta las seis de la tarde!”.
Bien haría el Fondo Editorial del Congreso si publicara en aimara, en quechua y en Asháninka libros como El mundo es ancho y ajeno, de Ciro Alegría, Todas las sangres de Arguedas o el clásico Siete ensayos de la realidad peruana, de José Carlos Mariátegui, que realmente servirían al desarrollo cultural de esas comunidades. O mejor aún, si publicara, en edición bilingüe, sus mitos, leyendas, tradiciones y cuentos populares, que la mayoría de los peruanos desconocemos. Es preferible que los “civilizados” conozcamos la cultura de esos pueblos a que los torturemos obligándolos a leer un mamotreto de leguleyadas que nunca respetamos.
Pero esto es improbable, y estoy seguro que el sólo proponerlo resulta maloliente para las delicadas narices de nuestros pulcros “otorongos”. ¿No es así, señora Hildebrandt?


Comentarios
El Derecho es un ideal, es una meta que aspiramos alcanzar. Tus apreciaciones acerca del incumplimiento de nuestra constitución es igual a lo que sucede con el régimen de los hermanos Castro que defiendes. Su Constitución a la letra dice:
artículo 53o.- Se reconoce a los ciudadanos libertad de palabra y prensa conforme a los fines de la sociedad socialista. Las condiciones materiales para su ejercicio están dadas por el hecho de que la prensa, la radio, la televisión, el cine y otros medios de difusión masiva son de propiedad estatal o social y no pueden ser objeto, en ningún caso, de propiedad privada, lo que asegura su uso al servicio exclusivo del pueblo trabajador y del interés de la sociedad.
La libertad de prensa, así como otras no existen en Cuba. Me provoca contestar tus opiniones cuando la resistencia cubana informa de la muerte de Orlando Zapata Tamayo, un preso político que ha muerto en las mazmorras de los Castro. Los lectores de este blog podrán consultar en google acerca de este valeroso disidente.
También pides que se deberían publicar libros en Asháninka, dime, quién lee en Askáninka? Mi sugerencia es que deberían realizar un audio Book en lenguas locales, si no se leen los libros en español, crees que se leerán en otras lenguas?
Un abrazo
Fernando Vega
http://www.lavanguardia.es/internacional/noticias/20100224/53893982134/muere-el-disidente-cubano-orlando-zapata-tamayo-tras-85-dias-en-huelga-de-hambre-la-habana-amnistia-.html